Organización del programa

Procedimiento utilizado por la Comisión Académica para la asignación del tutor y del director de tesis del doctorando

Criterios para la asignación de Tutor y Director en la USAL

Los tutores y directores de tesis serán asignados teniendo en cuenta al menos los siguientes criterios:
(1) A cada doctorando se le intentará asignar el tutor que el propio doctorando proponga en su memoria de proyecto de investigación siempre que la propuesta venga con el visto bueno del investigador.
(2) A cada investigador se le asignará un máximo de dos doctorandos por año.
(3) En la medida de lo posible, el tutor y director coincidirán, siendo diferentes cuando el director de la tesis sea un investigador no perteneciente a la USAL, puesto que el tutor siempre debe pertenecer a la USAL.
(4) En el caso de tutor y director diferentes, el tutor, previo consentimiento del director, podrá actuar como codirector.

 

Procedimiento para el control del Documento de Actividades de cada Doctorando y certificación de sus datos

Según consta en el artículo 2.5 del R. D. 99/2011, el Documento de Actividades de Doctorado es el registro individualizado de control de dichas actividades, materializado en el correspondiente soporte, que será regularmente revisado por el tutor y el director de tesis y evaluado por la Comisión Académica responsable del programa de doctorado.
De acuerdo con el artículo 11.5 del R.D. 99/2011, una vez matriculado en el programa, se materializará para cada doctorando el documento de actividades personalizado. En él se inscribirán todas las actividades de interés para el desarrollo del doctorando según regule la universidad, la escuela o la propia comisión académica y será regularmente revisado por el tutor y el alumno.

 

Procedimiento para la valoración anual del Plan de Investigación y del Documento de Actividades del doctorando

Antes de la finalización del primer año el doctorando elaborará un Plan de investigación que incluirá al menos la metodología que se va a utilizar y los objetivos que se pretende alcanzar, así como los medios y la planificación temporal para lograrlo. Dicho Plan se podrá mejorar y detallar a lo largo de su estancia en el programa y debe estar avalado por el tutor y el director. De acuerdo con esto, y siguiendo el artículo 11.7 del R.D. 99/2011, anualmente la Comisión Académica del programa evaluará el Plan de investigación y el Documento de actividades junto con los informes que a tal efecto deberán emitir el tutor y el director. La evaluación positiva será requisito indispensable para continuar en el programa. En caso de evaluación negativa, que será debidamente motivada, el doctorando deberá ser de nuevo evaluado en el plazo de seis meses, a cuyo efecto elaborará un nuevo Plan de investigación. En el supuesto de producirse una nueva evaluación negativa, el doctorando causará baja definitiva en el programa.

Tal como está previsto por el artículo 11.8 del ya citado reglamento, las funciones de supervisión, tutela y seguimiento de los doctorandos se reflejarán en un Compromiso documental firmado por el Presidente de la Comisión de Doctorado, en representación de la Universidad de Salamanca, el doctorando, su tutor y su director en la forma que se establezca, y rubricado a la mayor brevedad posible después de la admisión del doctorando en el Programa de Doctorado en Ciencias Sociales. Este Compromiso documental se incorporará al Documento de Actividades del Doctorando, y en el mismo se especificarán también los aspectos relativos a los derechos de propiedad intelectual o industrial derivados de la investigación promovida dentro del Programa de Doctorado, así como los procedimientos de resolución de posibles conflictos que puedan generarse durante el desarrollo de tal investigación. Del mismo modo, en el citado Compromiso se incluirán también los deberes respectivos del doctorando, de su tutor y de su director de tesis, para lo que se incorporarán sus firmas, una vez nombrados por la Comisión Académica del título.

 

Normativa para la presentación y lectura de la tesis doctoral

La normativa sobre la elaboración, presentación y lectura de la tesis doctoral está contenida en el capítulo II del Reglamento de Doctorado de la USAL, aprobado en Consejo de Gobierno del 25 de octubre de 2011.